Homero Figueroa: «El decreto fue derogado, así que no será aplicado»

Santo Domingo.- El vocero de la presidencia Homero Figueroa confirmó a Noticias SIN, que el decreto 30-25 promulgado el pasado 25 de enero, el cual aprobaba que el reglamento que Regula la Percepción y Aplicación del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) en los servicios ofrecidos a través de plataformas digitales consumidos en el país, pero prestados por proveedores extranjeros, fue derogado.
Este decreto, publicado en la Gaceta Oficial No. 11186 el 25 de enero de 2025, marcaba un hito en la modernización del sistema tributario dominicano, especialmente en el ámbito de la economía digital,
Gobierno cobraría ITBIS a plataformas de pornografía, citas, apuestas, publicidad, streaming y otros servicios digitales
Con la entrada en vigor del Decreto 30-25, que aprueba el Reglamento que Regula la Percepción y Aplicación del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), el gobierno dominicano habria iniciado la fiscalización total de los servicios digitales prestados por proveedores extranjeros. Entre los servicios que se les iba a implementar pago completo del ITBIS se encuentran plataformas de pornografía, citas en línea, streaming de películas y música, juegos de azar, publicidad digital y servicios de intermediación, entre otros.
Servicios Digitales Gravados con ITBIS
El Artículo 7 del reglamento detallaba una amplia lista de servicios digitales que se verían gravados con el ITBIS. Entre los servicios que iban a verse afectados se encuentran:
Contenido para adultos y webs de citas: Las plataformas que ofrecen contenido para adultos, así como los servicios de citas en línea, deberán aplicar el ITBIS sobre el valor total facturado a los usuarios en República Dominicana.
Streaming de películas, música y juegos: Servicios populares como Netflix, Spotify, YouTube Premium, y plataformas de videojuegos en línea deberán incluir el ITBIS en sus tarifas. Esto aplica tanto para la descarga de contenido como para el acceso a través de tecnología de streaming.
Juegos de azar en línea: Las plataformas que ofrecen apuestas y juegos de azar en línea también estarán sujetas al impuesto, lo que podría impactar en el costo final para los usuarios.
Publicidad en línea: Los servicios de publicidad digital, incluyendo aquellos ofrecidos por gigantes como Google y Facebook, estarán gravados con el ITBIS, independientemente del soporte o medio a través del cual se entregue la publicidad.
Servicios de intermediación: Plataformas que facilitan la entrega de bienes o servicios, como Uber, Airbnb, y otras similares, deberán aplicar el ITBIS sobre las comisiones que cobran, así como sobre el monto total del servicio final, si este último está gravado.
Almacenamiento en la nube y soporte técnico: Servicios de almacenamiento de datos en la nube, como Google Drive o Dropbox, y servicios de soporte técnico en línea también estarán sujetos al impuesto.