Jueces fallarán mañana sobre coerción a imputados en caso de 9.8 tolenadas de cocaína

Santo Domingo. –La Oficina de Atención Permanente de Santo Domingo Este, se reservó para mañana miércoles, el fallo sobre la medida de coerción contra los imputados en el decomiso de 9.8 tolenadas de cocaina en diciembre pasado, en el Puerto Caucedo.
La medida será dictada por representantes del Ministerio Público a las 10 de la mañana.
La magistrada Karen Casado Minyety, de la Oficina Judicial de Atención Permanente de Santo Domingo, escuchó la tarde de este martes las replicas de las barras defensoras, en la continuación de la audiencia, bajo conocimiento de la medida de coerción.
El conocimiento de la medida cautelar fue aplazado en cinco ocasiones por cuestiones de derecho, manteniendo a los primeros arrestados durante 23 días en custodia.
Caso
Las imputaciones contra Yoel Jesús Jaques, un inspector de la terminal portuaria que resulta en el noveno vinculado, se conocen de manera unilateral y en la mañana del lunes su audiencia de medida cautelar fue aplazada para el jueves 6 de febrero a partir de las 9:00 de la mañana, de acuerdo con los abogados Salvador Reyes y Amaury Mateo Matos.
La expectativa es que su caso termine siendo fusionado con la acusación general una vez en la etapa de juicio preliminar.
En contra de este pesaba una alerta de captura emitida por la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), quien terminó entregándose a las autoridades.
Por esta operación, que persigue el narcotráfico internacional, permanecen prófugos José Alexander Santana Andújar y Luis Rafael García Alfonseca, ambos citados en el dispositivo inicial del Ministerio Público y cuya función es conductores de camiones.
Por la calificación jurídica el Ministerio Público sugiere que, de acuerdo a la teoría fáctica y probatoria presentada, los acusados en Panthera 7 cometieron violaciones a los artículos 56, 60, 265 y 266 del Código Penal Dominicano, referentes a la “asociación de malhechores”.
Igual de incumplir con la Ley 50-88 acerca de Drogas Narcóticas, violentando disposiciones que germinaron en “tráfico de drogas y patrocinio”.
En tanto que Enriquillo Luis Brito y Enrique José Luis Brito, también incurrieron en cuestiones relacionadas con la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, además de lavado de activos.